Proponemos en este artículo dar pautas y sugerencias que sirvan a los lectores de las cualidades, las obligaciones y derechos que tienen las partes de este contrato que cuenta con una normativa legal seria dentro del código civil y que permite comercializar bienes y servicios de la forma más segura.-
DEFINICION: convenio en el cual el otorgante ofrece a muchos tomadores, que forman un sistema de distribución o comercialización de su producción, vender o distribuir bienes o prestar servicios en forma exclusiva y bajo supervisión , al amparo de una marca, nombre comercial o enseña, propiedad del otorgante y de conformidad con un método , sistema o plan preestablecido por este contra el pago de un canon y otras prestaciones adicionales .-
Los sujetos: franquiciante y franquiciado.-
El primero debe ser titular exclusivo del conjunto de los derechos intelectuales, marcas, patentes, nombres comerciales, derechos de autor y demás comprendidos en el sistema bajo franquicia o , en su caso, tener derecho a su utilización y transmisión al franquiciado en los términos del contrato.-
Existen tres tipos de contratos:
Franquicia Mayorista: Se otorga un territorio o ámbito de actuación nacional o regional con derecho de nombrar subfranquiaciados, el uso de sus marcas y sistema de franquicias bajo contraprestaciones específicas.-
Franquicia de desarrollo: Se otorga al desarrollador el derecho a abrir múltiples negocios bajo el sistema , método y marca del franquiante con un plazo no menor a 5 años , en el que todos los locales o negocios dependen del desarrollador y este no puede ceder su posición sin el consentimiento del franquiciante .-
Sistema de Negocios: Es el conjunto de conocimientos prácticos y la experiencia acumulada por el franquiciante , no patentado, que ha sido debidamente probado , secreto o difícilmente accesible , y transmisible.
La información que contiene es relevante para la venta o prestación de servicios y le permite al franquiciado prestar servicios o vender productos de acuerdo con el sistema de negocios.-
Obligaciones del Franquiciante:
- Con anterioridad a la firma, deberá proporcionar información económica y financiera sobre la evolución de 2 años de unidades similares a la ofrecida , en el país o en el extranjero.-
- El conjunto de conocimientos técnicos derivados de la experiencia del franquiciante y comprobados para producir los efectos propios de negocio .-
- Entregar al franquiciado un manual de operaciones con las especificaciones utiles para desarrollar la actividad prevista.-
- Proveer asistencia técnica para la mejor operatividad de la franquicia durante el contrato.-
- Defender y proteger el uso de la franquicia en las condiciones indicadas por el contrato.-
Obligaciones del franquiciado:
- Desarrollar efectivamente la actividad comprendida en la franquicia , cumplir las especificaciones del manual de operaciones y las que se le comuniquen por el franquiciante.-
- Proporcionar la información que razonablemente se requiera para saber la evolución del desarrollo de la actividad y facilitar las inspecciones que se hayan pactado o adecuadas al objeto del contrato.-
- Guardar confidencialidad sobre el contrato y las personas o cosas que debe resguardar para el complimiento del objetivo contratado.-
- Cumplir con las contraprestaciones comprometidas ,incluyendo contribuciones para el desarrollo del mercado o de las tecnologías vinculadas a la franquicia.-
EXCLUSIVIDAD : las franquicias son exclusivas para ambas partes.-
CLAUSULAS ESPECIALES:
- El franquiciado no puede ceder su posición contractual.-
- El franquiciante no puede comercializar directamente con terceros mercaderías merderías o servicios comprendidos en la franquicia.-
- El derecho de clientela corresponde al franquiciante.-
CLAUSULAS NULAS: No resultan válidas las cláusulas que prohíben al franquiciado:
- Cuestionar justificadamente la legitimidad de los derechos del franquiciante ;
- Adquirir mercaderías de otros franquiciados dentro del país.-
- Reunirse o establecer vínculos no económicos con otros franquiciados.-
RESPONSABILIDAD: Las partes son independientes entre si y no hay responsabilidad laboral entre ellas .
Los dependientes del franquiciado no tienen en principio relación laboral con el franquiciante.-
El franquiciante no responde ante el franquiciado por la rentabilidad del negocio .-
El franquiciado debe indicar claramente su calidad de persona independiente y distinta al franquiciante en las relaciones comerciales .-
EXTINCION DEL CONTRATO.
- Caso de muerte o incapacidad de cualquiera de las partes.
- No se extingue sin justa causa dentro del plazo original.
- La parte que extingue debe preavisar con no menos de 1 mes por año de contrato su finalización.
- Concluido el contrato se puede pactar hasta un año posterior la no competencia del franquiciado.
Nos pareció importante escribir este resumen del contrato de franquicia que apuntará a que nuestros lectores conozcan la normativa que rige el mismo y al menos los que hay que saber en apretada síntesis sobre el tema.
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Con el compromiso de siempre y las ganas y el coraje intactos.-
Cordialmente. RICARDO ADRIAN BUTLOW