Los Profesionales de la Construcción
Dr Ricardo Butlow
En esta oportunidad, escribimos para agradecer la invitación vía zoom que nos hiciera el CENTRO DE TECNICOS DE LA MATANZA, a fin de poder realizar un encuentro entre sus afiliados y alumnos y nuestro estudio, para poder exponer en forma pautada y remota sobre aspectos concretos de RESPONSABILIDAD PROFESIONAL, CONTRATO DE OBRA Y SERVICIOS Y ACTUALIDAD LABORAL (TELETRABAJO, EMERGENCIA OCUPACIONAL, DESPIDOS, SUSPENSIONES), dando nuevamente las gracias por el respeto, la seriedad de sus miembros, la buena predisposición y fundamentalmente el compromiso con los temas desarrollados.
En breve síntesis, el 13 de agosto a las 17 horas, y por espacio de 1 hora 30 minutos, pudimos dar distintas definiciones y conceptos de mucha importancia, que reproducimos aquí, con el objeto de aprovechar la oportunidad para saber y entender un poco más sobre los temas vitales que ocupan la agenda del profesional de la construcción y que con tanta fuerza manejamos desde hace muchos años con responsabilidad.
Algunas Definiciones
-Contrato de Obra: Cuando el contratista se obliga a realizar una obra material o intelectual en forma independiente mediante una retribución.
-Contrato de Servicios: Cuando el prestador se compromete a proveer de servicio en forma independiente mediante una retribución pactada.
-Contrato de Trabajo: Cuando una persona física se obliga a realizar actos, ejecutar obras o prestar servicios a favor de un tercero, mediante el pago de una retribución.
-Sistemas de Contratación de Obras: son: Ajuste Alzado, Retribución Global, Unidad de medida, coste y costa o cualquier otro que pacten las partes.
-Responsabilidad por Obra en Ruina o Impropia para su Destino: Responde el constructor por la obra realizada en inmueble destinado por su naturaleza para tener larga duración cuando se encuentra comprometida su solidez o para su destino final. No se exime el constructor en caso de vicio de suelo, ni tampoco en el caso de que el terreno pertenezca al dueño de la obra o existieran vicios de los materiales utilizados para la construcción.
-Plazo de Reclamo (Caducidad): Se extiende el tiempo útil para ejercer acción judicial hasta 10 años desde que la obra fue aceptada.
-Limitación de la Responsabilidad: Toda cláusula limitativa de responsabilidad se tiene por no escrita. –Responsabilidad Complementaria: El constructor, los subcontratistas y los profesionales que intervienen en una construcción son también solidariamente responsables por el incumplimiento de normativas administrativas aplicables a todas las obras.
-Teletrabajo: A través de la ley 27555 (14/08/2020) rige esta modalidad que se encarga de regular cualquier actividad laboral que se cumpla fuera del establecimiento comercial o en el propio domicilio particular desde el que trabaja, mediante la utilización de tecnologías de la información o comunicación. -Emergencia Ocupacional: A través del decreto 329/2020 se prohíben los despidos, está vigente la doble indemnización y se puede aplicar a los trabajadores no esenciales la reducción salarial aplicando el artículo 223 bis.
Estos temas de enorme importancia en el ámbito contractual y laboral fueron abordados en esta ocasión y fue realmente un placer interactuar con los técnicos, reiterando una vez más nuestro agradecimiento y quedando comprometidos a seguir conectándonos para dar mayores certezas en lo que se refiere a nuestra especialidad.
Dr. Ricardo Adrian Butlow / Abogado UBA El compromiso de siempre. Contar lo que sabemos